Cuando una empresa decide lanzar una campaña publicitaria utilizando folletos impresos o digitales, no solo debe preocuparse por el diseño atractivo y el mensaje persuasivo. Existe un entramado normativo que obliga a incluir cierta información esencial para garantizar la transparencia hacia los consumidores y evitar sanciones. Conocer estas obligaciones legales no solo protege a tu negocio, sino que también fortalece la confianza de quienes reciben tu publicidad. En este artículo analizaremos cuáles son las menciones legales que deben aparecer en tus folletos, por qué son importantes y cómo cumplir con la normativa vigente sin margen de error.
¿Qué son las menciones legales obligatorias en los folletos publicitarios?
Definición y alcance de las menciones legales en material promocional
Las menciones legales son elementos informativos de carácter obligatorio que las empresas deben incluir en sus soportes publicitarios para cumplir con la legislación vigente. Estos textos tienen como objetivo asegurar que los consumidores reciban información clara, veraz y completa acerca de la identidad del anunciante, las condiciones de las ofertas y las advertencias pertinentes según el sector de actividad. En el contexto de los folletos de ofertas y promociones, estas menciones cumplen una función doble: por un lado, protegen los derechos de los consumidores y usuarios; por otro, permiten a las autoridades identificar y sancionar prácticas publicitarias engañosas o incompletas. La ausencia de estas indicaciones puede considerarse una infracción administrativa, con consecuencias económicas y reputacionales para la empresa.
Marco normativo que regula la información obligatoria en folletos comerciales
El marco legal que rige la publicidad y las menciones obligatorias en España es amplio y proviene de diversas normas. La Ley General de Publicidad, conocida como Ley 34 de 1988, establece los principios básicos que toda comunicación comercial debe respetar. Por su parte, la Ley de Competencia Desleal, recogida en la Ley 3 de 1991, sanciona las prácticas que puedan inducir a error al consumidor o perjudicar a otros competidores. Además, el Real Decreto Legislativo 1 de 2007, que refunde el texto de la Ley de Consumidores y Usuarios, impone obligaciones específicas en materia de información precontractual y transparencia en las ofertas. En el ámbito digital, aunque los folletos sean principalmente físicos, muchas empresas también los distribuyen a través de plataformas web, por lo que entran en juego disposiciones como la Ley 34 de 2002, conocida como LSSI, y el Reglamento 2016/679, que regula la protección de datos personales. Este conjunto normativo crea un entorno en el que cada detalle cuenta, desde la identificación del anunciante hasta las advertencias específicas del sector.
Información corporativa imprescindible: logo, RCS y capital social
Datos de identificación empresarial que deben aparecer en tus folletos
Todo folleto publicitario debe permitir que el consumidor identifique sin ambigüedad a la empresa responsable de la oferta. Esto implica incluir el nombre completo de la sociedad, su forma jurídica y su número de identificación fiscal. El objetivo es que cualquier persona interesada pueda saber con quién está tratando y, en caso necesario, ejercer sus derechos o presentar reclamaciones. Es habitual que las empresas incluyan su logotipo como elemento distintivo, lo cual refuerza la identidad corporativa, pero esto no exime de la obligación de añadir los datos completos. Además, si la empresa tiene una página web, resulta recomendable incluir la dirección electrónica o un código QR que facilite el acceso a información adicional, siempre garantizando que dicha web cumpla con las menciones requeridas por la normativa vigente, incluyendo aviso legal, términos de uso y política de privacidad.
Registro de Comercio y Sociedades: cómo incluirlo correctamente en tu material publicitario
Las sociedades mercantiles inscritas en el Registro Mercantil deben hacer constar esta circunstancia en toda su documentación oficial y, por extensión, en sus folletos publicitarios. La mención al Registro de Comercio y Sociedades debe incluir la ciudad donde está inscrita la empresa, el tomo, folio, hoja y, en su caso, el número de inscripción. Esta información refuerza la transparencia y permite a terceros verificar la existencia legal de la sociedad. Además, es obligatorio indicar el capital social, especialmente en aquellas formas societarias donde este dato es relevante para la responsabilidad patrimonial. Aunque pueda parecer una exigencia meramente formal, omitir estos datos puede acarrear sanciones por parte de los organismos de control y restar credibilidad ante los consumidores. En el contexto de las promociones y ofertas, esta identificación completa cobra aún más relevancia, ya que permite delimitar claramente quién es el responsable de cumplir con las condiciones anunciadas.
Menciones específicas para sectores regulados: salud, alimentación y reciclaje

Advertencias obligatorias sobre alcohol, nutrición y actividad física en folletos
Ciertos sectores están sujetos a regulaciones específicas debido al impacto que sus productos pueden tener en la salud pública. En el caso de las bebidas alcohólicas, la normativa española exige incluir advertencias claras sobre su consumo responsable. Estas menciones tienen como finalidad recordar que el alcohol puede ser perjudicial para la salud y debe consumirse con moderación. En el ámbito de la alimentación, especialmente cuando se promocionan productos dirigidos a menores o con alegaciones nutricionales, es necesario cumplir con las directrices europeas y nacionales sobre publicidad alimentaria. Esto puede incluir información sobre la importancia de mantener una dieta equilibrada y realizar actividad física regular. Estas advertencias no son opcionales: forman parte del compromiso social de las empresas y su omisión puede ser objeto de sanciones administrativas, además de dañar la imagen corporativa. El tamaño de la letra utilizado para estas advertencias debe ser legible y no quedar oculto entre otros elementos gráficos del folleto.
Símbolo Triman y obligaciones de información sobre reciclaje en tu documentación comercial
La sostenibilidad y la gestión de residuos son temas cada vez más relevantes en la normativa publicitaria. En Francia, por ejemplo, el símbolo Triman es obligatorio en todos los productos sometidos a un sistema de responsabilidad ampliada del productor, y aunque esta exigencia específica no tiene un equivalente directo en España, cada vez más empresas incluyen información sobre el reciclaje de sus productos en sus folletos como parte de su responsabilidad corporativa. Esta práctica es especialmente pertinente en sectores como electrodomésticos, electrónica y envases. Indicar cómo debe gestionarse el producto al final de su vida útil o dónde puede depositarse para su reciclaje demuestra un compromiso con el medio ambiente y facilita el cumplimiento de las normativas ambientales. Además, algunos organismos certificadores, como los que otorgan la ISO o IEC 27001 en ámbitos de gestión de calidad y seguridad, exigen que las empresas comuniquen sus prácticas sostenibles de manera transparente. Integrar esta información en los folletos no solo es una obligación en ciertos casos, sino también una ventaja competitiva frente a consumidores cada vez más concienciados.
Consecuencias del incumplimiento: multas y sanciones por omitir menciones legales
Marco sancionador para empresas que no incluyen las menciones obligatorias
Omitir las menciones legales en los folletos publicitarios puede derivar en sanciones de diversa gravedad según la infracción cometida. Las autoridades competentes, como la Agencia Española de Protección de Datos o las consejerías autonómicas de consumo, tienen capacidad para imponer multas que oscilan entre cientos y miles de euros. Por ejemplo, la AEPD ha emitido resoluciones sancionadoras con importes que alcanzan los tres mil quinientos euros por infracciones relacionadas con el uso inadecuado de cookies o la falta de información sobre el tratamiento de datos personales. En el ámbito de la publicidad comercial, las sanciones pueden variar en función de si la falta se considera leve, grave o muy grave. Además del impacto económico directo, las empresas deben considerar el coste reputacional: una campaña publicitaria que genere quejas o denuncias puede afectar gravemente la imagen de marca y la confianza de los clientes. En sectores regulados como salud, alimentación o productos financieros, las consecuencias pueden ser aún más severas, llegando incluso a la prohibición temporal de ciertas prácticas comerciales.
Cómo evitar problemas legales y garantizar el cumplimiento normativo en tus folletos
Para evitar sanciones y proteger tanto a tu empresa como a tus consumidores, es fundamental revisar cada pieza publicitaria antes de su distribución. Elaborar una lista de comprobación que incluya todos los elementos obligatorios puede ser de gran ayuda: datos de identificación completa de la empresa, registro mercantil y capital social, condiciones claras de la oferta con precio anterior y precio rebajado, existencias disponibles y, en su caso, límites temporales o de unidades. Si la promoción se refiere a productos con regulación específica, asegúrate de incluir las advertencias sanitarias o ambientales correspondientes. Además, revisa que el tamaño de la letra sea legible y que no se utilicen expresiones ambiguas como ofertas válidas salvo error tipográfico o las fotografías no son contractuales, que pueden considerarse engañosas. En caso de duda, consulta con asesores especializados en derecho de los negocios, derecho digital o derecho mercantil, como los servicios que ofrecen firmas especializadas. También es recomendable contar con auditorías internas periódicas y mantenerse actualizado sobre cambios normativos, especialmente en áreas como protección de datos o publicidad digital. Finalmente, recuerda que el objetivo no es solo cumplir con la ley, sino generar confianza y transparencia en tus relaciones comerciales, lo cual repercute positivamente en la fidelización y satisfacción de tus clientes.
